Son aquellos que participan plenamente en la Asociación, con todos los derechos y deberes inherentes a tal condición.
La admisión como socio de pleno derecho, lo podrá solicitar cualquier persona con capacidad de obrar. Los socios admitidos como tal y que no pertenezcan o hayan pertenecido al Regimiento de Transmisiones 22 o a Unidades del Ejército de Tierra con destino en Burgos, no podrán superar el 40% del total de socios. Tendrán pleno derecho con voz y voto y “podrán” formar parte de la Junta Directiva.
Los socios de número tendrán los siguientes derechos:
a) Participar en las actividades de la Asociación y en los órganos de gobierno y representación, ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.
b) Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
c) Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
d) Acceder a la documentación de la Asociación y ser informado de los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno y representación.
e) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva para el mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Los socios colaboradores y de honor gozarán de los mismos derechos anteriormente señalados, salvo los relativos a participar en las Asambleas con voz y voto y a ser electores y elegibles para los cargos directivos.
Son deberes de los socios de número:
a) Colaborar para la consecución de las finalidades de la Asociación. (Anexo I)
b) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
c) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
Los socios colaboradores y de honor tendrán las mismas obligaciones que los de número, a excepción de las previstas en el apartado d) anterior.
Anexo I
La finalidad principal de la Asociación será la presentación en tiempo tanto del Belén como resto de actividades que se programen (concurso de tarjetas navideñas, fotografías, pintura, etc..)
Para conseguir la finalidad, los socios podrán ofrecerse voluntarios o ser requeridos para ayudar en la fase de montaje, exposición y desmontaje, en la medida de sus posibilidades.